La Corte Internacional de Justicia decidió en el caso presentado por Armenia contra Azerbaiyán que, antes de que se tome la decisión final en el caso, Azerbaiyán está obligado, de conformidad con sus obligaciones en virtud de la convención, a tomar todas las medidas a su alcance para garantizar el funcionamiento ininterrumpido, movimiento de personas, vehículos y carga en ambas direcciones del Corredor Lachin.
Según la decisión, desde el 12 de diciembre se interrumpió el movimiento a través del Corredor Lachin, se obstaculizó el suministro de alimentos, medicinas y otros bienes necesarios a Nagorno-Karabaj, lo que puede causar daños irreparables.
El tribunal considera que es necesario aplicar una medida temporal y los registros judiciales indican que Azerbaiyán está obligado a tomar las medidas que dependen de él para garantizar el movimiento ininterrumpido de personas y bienes en ambas direcciones a través del Corredor Lachin.
El tribunal considera que la falta de alimentos y medicinas puede causar consecuencias irreparables en la vida de las personas.
En cuanto a la suspensión del suministro de gas, Armenia no ha presentado pruebas suficientes de que Azerbaiyán esté creando un obstáculo en relación con el problema del suministro de gas, agregó el tribunal.